lunes, 8 de enero de 2018

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL ESPÍRITU EMPRENDEDOR A TRAVÉS DE LAS ORGANIZACIONES REPRESENTATIVAS DEL TRABAJO AUTÓNOMO Y DE LA ECONOMÍA SOCIAL

En el BOCYL de 29 de diciembre de 2017 se ha publicado la convocatoria de subvenciones dirigidas al fomento del espíritu emprendedor a través de las organizaciones representativas del Trabajo Autónomo y de la Economía Social para el año 2018.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria? 

Las subvenciones dirigidas al fomento del espíritu emprendedor a través de las organizaciones representativas del trabajo autónomo y de la economía social para el año 2018.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios? 

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las entidades asociativas intersectoriales de trabajadores autónomos y las entidades asociativas de Economía Social (entidades Asociativas de Cooperativas, Sociedades Laborales, Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción), y que tengan ámbito de actuación en Castilla y León.

A los efectos de esta orden, se entienden por asociaciones de trabajadores autónomos de carácter intersectorial aquellas que cuenten con trabajadores autónomos que desarrollen su actividad en, al menos, tres sectores económicos de entre los de agricultura, construcción y servicios.
¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes? 

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta el 16 de febrero de 2018.

¿Cuál es la finalidad de las subvenciones? ¿Qué actividades y gastos son subvencionables?

Contribuir a los gastos derivados de las actividades de fomento del espíritu emprendedor realizadas por las entidades asociativas de los trabajadores autónomos y de las empresas de economía social.

Serán subvencionables las siguientes actuaciones:

a) Asesoramiento a emprendedores, autónomos y empresas de la economía social. La actividad a subvencionar consistirá exclusivamente en el asesoramiento individual a trabajadores autónomos o empresas de la economía social, así como a personas y promotores interesados en establecerse como autónomos o bajo las modalidades de empresas de economía social.

b) Campañas de difusión y promoción del trabajo autónomo y de la economía social.

c) Organización de congresos, jornadas y otras actividades de naturaleza similar.

Serán susceptibles de subvención las actuaciones que se realicen entre el 1 de septiembre de 2017 y el 31 de agosto de 2018, ambas inclusive.

¿Cuál es la cuantía de las subvenciones?

La cuantía de la subvención no podrá superar los 25.000 € para las actuaciones descritas en la letra a), ni los 10.000 € para las referidas en las letras b) y c) de las actuaciones subvencionables.



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