domingo, 8 de enero de 2017

PRUEBAS DE SELECCIÓN PARA VIGILANTE DE SEGURIDAD, Y SU ESPECIALIDAD DE VIGILANTE DE EXPLOSIVOS, Y PARA ESCOLTA PRIVADO

En el BOE de 3 de enero de 2.017 se han publicado las bases de las convocatorias de las pruebas de selección para vigilante de seguridad y su especialidad de vigilante de explosivos, y para escolta privado, del año 2017.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Aprobar para el año 2017 las convocatorias de pruebas de selección para vigilante de seguridad, y su especialidad de vigilante de explosivos, y para escolta privado cuya superación habilitará para el ejercicio de las correspondientes profesiones, previa expedición de la tarjeta de identidad profesional.

¿Quiénes son los destinatarios de la convocatoria?

Podrán participar en las pruebas, y son destinatarios de las convocatorias, los aspirantes a obtener la habilitación de vigilante de seguridad, vigilante de explosivos y de escolta privado.

En la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes para participar en cada una de las convocatorias los aspirantes habrán de reunir los siguientes requisitos generales:

a) Ser mayor de edad.

b) Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o bien que le sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.

d) Poseer la aptitud psicofísica.

e) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.

f) No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.

g) No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de seguridad.

h) No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.

i) Poseer diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos correspondientes en los centros de formación de seguridad privada.

Además de los requisitos generales, los aspirantes a escolta privado habrán de tener una estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 metros las mujeres.

AYUDAS PARA PROMOCIONAR, FACILITAR E INCREMENTAR LA PARTICIPACIÓN FEMENINA EN TODOS LOS ÁMBITOS DEL DEPORTE

En el BOE de 7 de enero de 2.017 se ha publicado la convocatoria de ayudas a las Federaciones Deportivas Españolas para el Programa Mujer y deporte en el año 2017.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Las ayudas para actuaciones de las Federaciones Deportivas Españolas, con el fin de promocionar, facilitar e incrementar la participación femenina en todos los ámbitos del deporte, en el año 2017, con alguna de las siguientes finalidades:

1.- Promoción, difusión e investigación de la mujer en el deporte.

a) Realización de eventos y actuaciones que difundan el deporte femenino.

b) Investigaciones y estudios en relación con el deporte femenino.

c) Producción de material audiovisual en relación con el deporte femenino.

d) Publicaciones electrónicas en relación con el deporte femenino.

e) Proyectos innovadores en relación con el deporte femenino.

2.- Formación deportiva.

a) Enseñanzas deportivas reguladas oficialmente.

b) Cursos de árbitras o juezas.

c) Actividades de formación continua autorizadas dentro del programa FOCO cuyos objetivos estén relacionados con la incorporación de la perspectiva de género en la práctica deportiva.

d) Realización y participación en cursos cuya temática esté relacionada con el mundo deportivo (coaching, liderazgo, gestión deportiva,…) por parte de entrenadoras con licencia federativa en vigor, directivas, gestoras, trabajadoras con cargos de responsabilidad dentro de las Federaciones Deportivas Españolas, deportistas y exdeportistas.

e) Ayudas para formación académica reglada referida al curso académico 2016-2017 a deportistas integrantes de equipos nacionales.

3.- Desplazamientos de técnicas y juezas a competiciones deportivas.

a) Ayudas para desplazamientos y asistencia a reuniones técnicas o competiciones deportivas por parte de técnicas y juezas, que supongan un avance en su trayectoria profesional y que no estén contempladas en otras subvenciones por parte del CSD.

b) Ayuda para la asistencia de mujeres a comités ejecutivos de las Federaciones Internacionales u otras reuniones de relevancia consideradas por el CSD.

4.- Nuevas contrataciones de mujeres que sean o hayan sido deportistas de alto nivel o de alto rendimiento.