martes, 2 de mayo de 2017

SUBVENCIÓN PARA EL ESTUDIO DE LA ACTIVIDAD DE LAS INSTITUCIONES FISCALES INDEPENDIENTES

En el BOE de 7 de abril de 2017 se ha publicado la Resolución de 21 de marzo de 2017, de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvención para el estudio de la actividad de las Instituciones Fiscales Independientes.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

La concesión -en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación- de una subvención para el estudio y evaluación de la actividad y la organización de la AIReF desde su creación, tomando como referencia, en su caso, la labor desempeñada por otras Instituciones Fiscales Independientes (IFIs).

La subvención tiene por objeto promover la eficiencia en el funcionamiento, la mejora organizativa, la transparencia y los canales de difusión de las actividades de la AIReF, en el marco de la labor desempeñada por otras IFIs.


¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarios de la subvención las entidades sin ánimo de lucro públicas o privadas, las Universidades, los centros docentes y las organizaciones internacionales, cuyo objeto, fin fundacional o actividad incluya la realización de estudios en el ámbito económico y fiscal.

La acreditación de la condición de beneficiario se realizará con la presentación de los estatutos, normas de creación, reglas fundacionales o documentos análogos de la entidad solicitante de la subvención.

¿Cuál es el procedimiento y el plazo de presentación de las solicitudes?

El extracto de la convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Las solicitudes de la subvención deberán presentarse en la forma y plazos recogidos en la convocatoria, y deberán ir acompañadas de la:

a) Documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario a que se refiere la Base 2.

b) Memoria descriptiva del estudio de evaluación que se pretende realizar, en la que se desarrollarán los siguientes aspectos:

(i) Contexto;
(ii) Ámbito y metodología del estudio;
(iii) Cronograma de actividades;
(iv) Equipo de trabajo; y
(v) Cuantificación económica desglosada por capítulos de coste.

c) Memoria descriptiva de la experiencia del solicitante en:

(i) el conocimiento de la actividad de las IFIs y del marco de gobernanza fiscal en que desenvuelven su actividad;
(ii) la realidad presupuestaria española, y

(iii) las técnicas de análisis comparado entre países (benchmarking).

CARLOS BORREGO GARCÍA

C/ Teresa Gil nº 7, 1º A - 47002 - Valladolid
Tfn: 626 44 43 44 / 983 36 12 79 - Fax: 983 33 61 23

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