viernes, 4 de noviembre de 2016

ABOGACÍA. EJERCICIO PROFESIONAL. PRUEBA DE EVALUACIÓN DE APTITUD PROFESIONAL PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO.

La convocatoria de la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de abogado para el año 2017, se ha publicado en el BOE de 4 de noviembre de 2.016

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La prueba de evaluación para la acreditación de la capacitación profesional para el acceso a la profesión de abogado dirigida a comprobar la formación suficiente para el ejercicio de la profesión, el conocimiento de las respectivas normas deontológicas y profesionales y en particular la adquisición de las competencias previstas en los cursos de formación impartidos por universidades o escuelas de práctica jurídica debidamente acreditadas.

Esta convocatoria no contiene limitación alguna en el número de plazas.

¿Dónde se publica la convocatoria?

Además de en el BOE, en el portal web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) apartado «Trámites y Gestiones Personales-Acceso a la profesión de Abogado», así como en la página web del Consejo General de la Abogacía Española.

¿Cuáles son los caracteres generales de la evaluación?

La prueba de evaluación de la aptitud profesional será única e idéntica para todo el territorio español.

El programa de materias que ha de regir la evaluación se encuentra en el Anexo II de la convocatoria y contiene una descripción orientativa de las materias y competencias necesarias para el acceso a la profesión de abogado que serán objeto de la evaluación.

¿Qué requisitos deben cumplir los candidatos?

Para poder participar en la prueba de evaluación se deben cumplir los siguientes requisitos a la fecha en que se realice el examen:

a) Estar en posesión, del Título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de otro título universitario de Grado equivalente que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 del Reglamento de la Ley 34/2006, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, o, en su caso, de las certificaciones sustitutorias.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

b) Haber superado los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la profesión de abogado, y el período de prácticas externas tuteladas, acreditados conjuntamente por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Educación Cultura y Deporte e inscritos en el Registro Administrativo del Ministerio de Justicia establecido al efecto.

c) Ser mayor de edad y no estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión de abogado.

¿Cuál es el plazo y la forma de presentación de las solicitudes y de la documentación?

Quienes deseen participar en la prueba de evaluación para el acceso al ejercicio de la abogacía deberán cumplimentar el modelo de solicitud de inscripción dirigido a la Secretaría de Estado de Justicia, que podrá descargarse en portal web del Ministerio de Justicia y que se adjunta como anexo I de la convocatoria.

La solicitud podrá presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia (https://sede.mjusticia.gob.es), utilizando como sistema de autentificación el sistema Cl@ve. Dentro de esta plataforma, se admitirá DNI electrónico, certificado electrónico reconocido y los sistemas Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente para la identificación de los aspirantes.

Se podrá presentar la solicitud de participación en el Registro General del Ministerio de Justicia, calle Bolsa, n.º 8, 28012 Madrid, pudiendo remitirse también por correo certificado o presentarse en cualquiera de las dependencias aludidas en el artículo 16.4 de Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El plazo de presentación de solicitudes de participación en la evaluación será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

La participación en la prueba de evaluación será gratuita.

¿Cómo es el desarrollo de la prueba?

La prueba de aptitud se realizará en castellano.

En el caso en que la prueba se celebre en una comunidad autónoma con otra lengua cooficial, la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en función del número de alumnos y de las disponibilidades técnicas, podrá poner a disposición de los aspirantes la realización de la prueba, también, en la lengua cooficial de la comunidad autónoma.

La evaluación consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico con contestaciones o respuestas múltiples, cuyo contenido se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y vigente a la fecha de publicación de la convocatoria y tendrá una duración de 4 horas.

Su contenido se fijará por el Ministerio de Justicia y su finalidad es medir los conocimientos teórico-prácticos de los participantes acerca del ejercicio de la profesión de abogado así como el conocimiento de las normas deontológicas y profesionales. Tendrá como base el programa orientativo de materias que se contiene en el anexo II de la convocatoria.



No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comparte tus comentarios en ayudas, becas y subvenciones