domingo, 9 de agosto de 2015

BECAS ESTATALES PARA ESTUDIANTES DE BACHILLERATO, DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS

En el BOE de 6 de agosto de 2015 se ha publicado la convocatoria de las becas de carácter general para el curso académico 2015-2016, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
¿Cuál es el objeto de la convocatoria y quienes pueden ser beneficiarios?
Becas para estudiantes que, en el curso académico 2015-2016, cursen enseñanzas postobligatorias con validez en todo el territorio nacional.
Tendrán la consideración de beneficiarios de las becas a las que se refiere la convocatoria, los estudiantes a quienes se les concedan en cualquiera de los siguientes supuestos:
a)    Que perciban directamente el importe. 
b) Que lo obtengan mediante exención del pago de un determinado precio por un servicio académico.
Para ser beneficiario de las becas que se convocan será preciso:

a) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca. A estos efectos, no podrán ser beneficiarios de beca aquellos estudiantes a quienes únicamente les reste, para la obtención del título, la acreditación de un determinado nivel de conocimiento de un idioma extranjero. No obstante, quienes estén en posesión de un título oficial de Grado que haya sido adscrito al nivel 3 (Máster) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), o en posesión de un título oficial de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o Diplomado que haya obtenido la correspondencia con el nivel 3 (Máster) del MECES, podrán ser beneficiarios de beca para cursar enseñanzas conducentes a un Título oficial de Máster universitario.

b) Cumplir los requisitos básicos establecidos en el Real Decreto 1721/2007, así como los que se fijan en el Real Decreto 595/2015, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2015-2016, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas personalizadas y en esta convocatoria.

c) Estar matriculado en alguna de las enseñanzas del sistema educativo español que se enumeran en la convocatoria.

d) Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. Estos requisitos no serán exigibles para la obtención de la beca de matrícula.

Para ser beneficiario de las becas, los solicitantes deberán estar matriculados en el curso 2015-2016 en alguno de los estudios mencionados posteriormente y cumplir los requisitos de naturaleza académica que establece la convocatoria
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