viernes, 20 de noviembre de 2015

SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA DE MOVILIDAD EUROPEA, FORMACIÓN Y FOMENTO DE LA EMPLEABILIDAD QUE TENGA COMO DESTINATARIOS A JÓVENES DE CASTILLA Y LEÓN

En el BOCYL  de 9 de noviembre de 2015 se ha publicado la convocatoria de subvenciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de un programa de movilidad europea, formación y fomento de la empleabilidad que tenga como destinatarios a jóvenes de Castilla y León.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Las subvenciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro, para desarrollar programas de movilidad europea dirigidos a jóvenes de Castilla y León incluidas en el programa para la mejora de oportunidades y fomento de la empleabilidad de los jóvenes residentes en Castilla y León.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las subvenciones?

Podrán ser beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, entre cuyos fines se encuentren la formación y el empleo. Deberán contar con la capacidad organizativa, técnica y de gestión suficientes para la organización y ejecución del programa objeto de la subvención.
En ningún caso podrán serlo aquellas entidades que teniendo un ámbito de actuación provincial o local, se encuentren integradas en federaciones o confederaciones de ámbito regional que tengan la condición de posibles beneficiarias.

 ¿Cuál es la actividad subvencionable?

El desarrollo por parte de las entidades beneficiarias de programas de movilidad europea, dirigidos a jóvenes de Castilla y León, consistentes en la realización de experiencias técnicas y formativas en empresas e instituciones de otros países europeos, con una duración de tres meses y con la doble finalidad de formación lingüística y profesional, adecuada a la titulación y perfil profesional del participante, cuyos destinatarios sean las personas indicadas en el apartado siguiente.

A tal efecto, serán subvencionables las actividades relativas a la organización y desarrollo de dichos programas, y, en particular, las siguientes:

a) La selección de los participantes en el programa.

b) La preparación lingüística de los jóvenes destinatarios del programa.

c) La asunción de los costes de viaje de ida y vuelta, alojamiento y manutención, la contratación de un seguro de responsabilidad civil y profesional de los participantes y de asistencia sanitaria en el extranjero, la organización general e íntegra del programa, velando por una calidad óptima, fundamentalmente en lo referente a la manutención y alojamiento de los participantes.

d) La intermediación para la selección de empresas y socios locales en los países de acogida para facilitar la realización de las experiencias técnicas y formativas.

e) El seguimiento individualizado de los jóvenes destinatarios del programa durante toda su duración, así como la atención y tutorización de los jóvenes destinatarios en el país correspondiente.

f) La asistencia a los participantes en la realización de un informe final de su estancia, que tendrá carácter obligatorio.

g) La realización de un informe final de todo el programa de movilidad europea.

¿Quiénes son los destinatarios de la actividad subvencionable?

Las personas jóvenes empadronadas en algún municipio de Castilla y León, que en el momento de iniciarse el programa estén inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y mantengan las condiciones previas exigidas para el acceso al mismo.

También serán destinatarios de la actividad subvencionable, cuando las mismas estén cofinanciadas por el Programa Operativo del Fondo Social Europeo, todos aquellos jóvenes que tengan una edad no superior a 29 años en el momento de inicio del programa, estar en situación o riesgo de exclusión social y figurar inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León y haber permanecido de forma ininterrumpida en tal situación en los últimos doce meses.
La selección de los participantes se realizará por la entidad beneficiaria, teniendo en cuenta, en todo caso, los siguientes criterios:

a) Carecer de experiencia laboral previa en el ámbito de sus respectivas titulaciones.

b) Antigüedad en la situación de desempleo o en la inscripción en el Registro del Sistema Nacional de la garantía Juvenil.

c) Nivel acreditado de conocimiento del idioma de país de destino, o en su defecto del inglés.

d) Nivel de cualificación, mediante la acreditación de una titulación oficial universitaria, de formación profesional de grado medio o superior, o del mismo nivel que el de esta última, correspondiente a las enseñanzas de formación profesional, artística o deportiva.

e) Nivel de adecuación de los candidatos al programa. A tal fin, será obligatoria la realización de entrevistas personales a los posibles destinatarios.

Además de las anteriores, para las actuaciones financiadas por el Programa Operativo de Empleo Juvenil se tendrán en cuenta como criterio de prioridad, aquellos jóvenes que estén más próximos a cumplir la edad máxima prevista en el citado Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

¿Cuál es la cuantía de la subvención?

La cuantía máxima de la subvención será la suma de todos los gastos elegibles presupuestados por la entidad sobre la base de los baremos estándar de costes unitarios que se señalan en el Anexo IX-A o IX-B, según el Plan de movilidad europea se dirija a jóvenes de Castilla y León inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil o a jóvenes en situación o riesgo de exclusión social, respectivamente.

¿Cuál es el procedimiento para presentar las solicitudes?

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas en el Anexo I-A o I-B, según el Plan de movilidad europea se dirija a jóvenes de Castilla y León inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil o a jóvenes en situación o riesgo de exclusión social, respectivamente, que figuran en la página https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, en modelo teletramitable y modelo normalizado para tramitación presencial, se dirigirán junto con los anexos y la documentación, al titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, y se presentarán en la oficina de registro sita en la C/ Mieses, 26, de Valladolid, o en cualquiera de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en cualquier otro centro de los que se señalan en el artículo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Si se presenta la solicitud en las oficinas de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud pueda ser fechada y sellada por el funcionario de correos, antes de proceder a la certificación del envío.

Asimismo, las solicitudes podrán presentarse de forma electrónica. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico, o de cualquier certificado electrónico que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.

Dada la naturaleza de la documentación a acompañar, se excluye la posibilidad de presentar las solicitudes por telefax.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales computados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

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