viernes, 28 de noviembre de 2014

AYUDAS INDIVIDUALIZADAS DE TRANSPORTE Y/O COMEDOR ESCOLAR PARA ALUMNADO

En Extremadura, el lunes 24 de noviembre de 2014, se ha publicado el DECRETO 254/2014, de 18 de noviembre, por el se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para el alumnado participante en el Programa de Apoyo Socioeducativo REMA (Refuerzo, Estímulo y Motivación para el Alumnado) en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria para el curso 2014/2015.

¿Cuáles son las modalidades de las ayudas?

a) Transporte: Ayudas para sufragar los gastos del traslado del alumnado, desde su domicilio habitual al centro escolar los días en los que se desarrolle el programa REMA.

b) Comedor: Ayudas para sufragar los gastos derivados de comedor al alumnado escolarizado en un centro sostenido con fondos públicos que no disponga de servicio de comedor escolar gestionado por la Administración educativa, y que siendo beneficiario de la ayuda de transporte, asista al Programa REMA.

¿Qué requisitos deben tener los beneficiarios?

Podrá obtener la condición de beneficiario de estas ayudas el alumnado, que por haber sido seleccionado por los centros educativos sostenidos con fondos públicos donde se encuentra escolarizado, para participar en el Programa de Apoyo Socioeducativo REMA, esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia para asistir a su centro educativo.

Los beneficiarios de estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos con carácter general:

a) Tener residencia familiar en Extremadura en la fecha de la solicitud o la condición de
extremeño.

b) Estar matriculado en un centro sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en Educación Secundaria Obligatoria.

Además de los anteriores, habrán de reunir los requisitos de carácter específico que se determinan a continuación:

-      En la modalidad de transporte: 1.º Haber sido seleccionado para formar parte de un grupo dentro del Programa REMA. 2.º Estar escolarizado en la etapa de secundaria obligatoria en su centro de adscripción.

-      En la modalidad de comedor: 1.º Haber sido seleccionado para formar parte de un grupo dentro del Programa REMA. 2.º Estar escolarizado en la etapa de secundaria obligatoria en su centro de adscripción. 3.º Carecer el centro donde está escolarizado el alumno de servicio de comedor escolar gestionado por la Administración educativa. 4.º Ser beneficiario de la ayuda individualizada de transporte escolar, señalada en la letra a) anterior.

¿Dónde, cuándo y cómo se presentan las solicitudes?

Los padres o tutores legales formalizarán las solicitudes de ayudas según el modelo que se acompaña como Anexo I al decreto, y las dirigirán al centro sostenido con fondos públicos en el que está matriculado el alumno.

El plazo máximo de vigencia de la convocatoria a los efectos de presentación de las solicitudes, coincidirá con el último día del programa REMA en el curso escolar de la correspondiente convocatoria (hasta el 15 de junio de 2015).


Las solicitudes podrán presentarse en los registros de la Consejería competente en materia de educación, en los Centros de Atención Administrativa, en las Oficinas de Respuesta Personalizada, o en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

BECAS PARA LA FORMACIÓN PRÁCTICA EN EL PARLAMENTO DE GALICIA

En Galicia, el 19 de noviembre de 2014, se ha publicado el anuncio de la convocatoria para la concesión de diversas becas para la formación práctica en el Parlamento de Galicia.

La Mesa del Parlamento de Galicia acordó aprobar las bases de las convocatorias para la concesión de las siguientes becas, relacionadas todas con la actividad de la institución:

a) 4 becas de formación en archivo, biblioteca y documentación.
b) 1 beca de formación en comunicación institucional.
c) 2 becas de formación en publicaciones.
d) 1 beca de formación en informática.

Las bases están disponibles en el Boletín Oficial de Galicia núm. 375, de 19 de noviembre de 2014, y en la página web del Parlamento de Galicia (www.parlamentodegalicia.es).


Las solicitudes pueden presentarse en el plazo de quince (15) días naturales desde el siguiente al de la publicación.

AYUDAS COMPLEMENTARIAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS

En La Rioja, el 26 de noviembre de 2014, se ha publicado la convocatoria de ayudas complementarias para la realización de estudios universitarios fuera de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el curso 2014/2015.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

La financiación parcial de gastos corrientes derivados de la realización de estudios universitarios de grado o equivalentes presenciales, para aquellos estudiantes que se encuentren matriculados en un Centro o Universidad española,  ubicado fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Quedan comprendidas las enseñanzas universitarias presenciales cuya superación conduzca a la obtención de un título académico oficial de Licenciado, de Ingeniero, de Arquitecto, de Diplomado, de Maestro, de Ingeniero Técnico y de Arquitecto Técnico, así como para las enseñanzas universitarias conducentes al título oficial de Grado o equivalentes.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán solicitar las ayudas todos aquellos estudiantes que se encuentren realizando estudios universitarios de grado o equivalentes presenciales, en un Centro o Universidad española ubicado fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
No podrán ser beneficiarios de estas ayudas quienes estén en posesión, o reúnan los requisitos legales para la expedición de un título oficial de graduado, licenciado, ingeniero superior o arquitecto.
Quedan excluidas del ámbito de aplicación de estas ayudas la realización de estudios oficiales de máster universitario, doctorado, estudios de especialización, títulos propios de las Universidades
No podrán ser beneficiarios de estas ayudas quienes estén realizando estudios que se impartan con carácter presencial en un  Centro o Universidad ubicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja. No obstante, adquirirán la condición de beneficiarios aquellos alumnos que no hayan obtenido plaza en las enseñanzas solicitadas por no alcanzar la nota de corte correspondiente al curso académico en que inició sus estudios, y siempre que lo acrediten con el correspondiente documento oficial.
No se concederán ayudas para la realización de estudios de un nivel igual o inferior a los estudios que ya haya superado el solicitante.
No podrán ser beneficiarios de estas ayudas quienes hayan dejado transcurrir 2 años académicos sin realizar estudios.
Podrán solicitar las ayudas quienes acrediten el domicilio fiscal o formar parte de una unidad familiar que incluya al solicitante en su declaración del IRPF del año 2013 en la Comunidad Autónoma de La Rioja y justifiquen la residencia efectiva e ininterrumpida de los sustentadores principales de la familia, en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, durante al menos los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria.
Además deben cumplir los requisitos académicos y económicos establecidos en la normativa aplicable a esta convocatoria.

¿Cuál es la Cuantía de las ayudas?

La cuantía máxima individualizada de las ayudas será de 1.500 euros.

¿Cómo, donde y cuando se presentan las Solicitudes?

La solicitud se cumplimentará en el impreso normalizado que se encuentra a disposición de los interesados en la página web del Gobierno de La Rioja (http://ias1.larioja.org/cex_e/sistemas/aeu/solicitud/solicitud.jsp).

Una vez cumplimentada, deberá imprimirse el fichero pdf y presentarlo con la firma del solicitante y demás miembros computables de la familia. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja. Las solicitudes podrán presentarse en los lugares establecidos en el artículo 15.4 de la Orden 2/2013, de 22 de enero.

AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL DE PERSONAS EN SITUACIÓN O RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL

El 21 de noviembre de 2014 se ha publicado, en Murcia, la convocatoria de ayudas para programas de inserción para el año 2014.

¿Cuál es el objeto y finalidad de la convocatoria?

El objeto de la convocatoria son las ayudas para Programas de Inserción para el año 2014, en la Región de Murcia.
La finalidad de la convocatoria es la concesión de ayudas para la contratación laboral de personas en situación o riesgo de exclusión social.

¿Quiénes pueden ser solicitantes y beneficiarios?

Las Instituciones sin fin de lucro, ubicadas en la Región de Murcia.

¿Cómo, cuando y donde se presentan las de solicitudes?

Las solicitudes se formularán en el modelo normalizado que figura como Anexo I de la Resolución y serán acompañadas de la documentación que en el mismo se indique.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Instituto Murciano de Acción Social (Ronda de Levante, n.º 16, Esquina Plaza Juan XXIII -30008, Murcia), siendo válida además la utilización de cualquiera de los medios o procedimientos que al respecto se establecen en la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.