jueves, 13 de noviembre de 2014

SUBVENCIONES EN I+D+I. PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN. ACTIVIDAD CUNÍCOLA SOSTENIBLE Y PRODUCTIVA

La Resolución de 17 de octubre de 2014, de la Presidencia del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, ha convocado subvenciones para el año 2014, a proyectos de investigación fundamental orientada al sector cunícola, dentro del Programa Estatal de I+D+I orientada a los Retos de la Sociedad (Actividad Agraria Productiva y Sostenible) del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, 2013-2016.

¿Concepto de cunícola?

El concepto de cunícola se utiliza en nuestro idioma para designar a la actividad que implica la cría de conejos con la misión de aprovechar su carne y pelaje, entre otros, para desarrollar una actividad comercial a partir de ellos.

¿Objeto de la convocatoria?

La concesión de subvenciones a proyectos de investigación fundamental orientada del Reto de Seguridad y Calidad Alimentaria, Actividad Agraria Productiva y Sostenible, Sostenibilidad de los Recursos Naturales e Investigación Marina y Marítima.
Los proyectos de investigación fundamental van dirigidos a fomentar la generación de conocimiento, su aplicación y la innovación en todas sus dimensiones.
La convocatoria prioriza aquellos proyectos de investigación que, siendo considerados excelentes desde un punto de vista científico, sean abordados por más de tres grupos de investigación complementarios e incorporen en los procedimientos experimentales a empresas o cooperativas que desarrollen su actividad productiva en el ámbito del sistema agroalimentario para estimular simultáneamente la cooperación entre grupos de investigación, el abordaje pluridisciplinar de las prioridades temáticas y la transmisión del conocimiento al sector.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Para la realización de proyectos de investigación: los centros públicos de I+D+I, las Universidades privadas y los Centros privados de I+D+I sin ánimo de lucro.
En el caso de subproyectos de un proyecto coordinado, también los demás centros de I+D+I y las empresas a cuya plantilla pertenezca el investigador principal del subproyecto.
En los casos en los que el beneficiario sea persona jurídica, también los miembros asociados del mismo que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la ayuda en nombre y por cuenta de dicho beneficiario. El solicitante principal y sus asociados formalizarán un convenio de colaboración, que recoja el alcance y tipo de las actuaciones a realizar por parte de cada uno de ellos, así como las obligaciones de carácter financiero y de justificación científico-técnica y económica de las partes.

¿Cuáles son algunas de las características de los proyectos subvencionables?

Los proyectos pueden ser individuales o coordinados.
Los proyectos individuales tendrán un investigador principal que será el responsable del desarrollo de las actividades propuestas.
Los proyectos coordinados estarán constituidos por dos o más subproyectos a cargo de otros tantos equipos de investigación, de distintas entidades o de la misma entidad, siempre que pertenezcan a diferentes institutos y centros de investigación, departamentos universitarios o institutos universitarios de investigación.
En los proyectos coordinados, cada subproyecto tendrá un investigador principal y coordinador responsable del desarrollo de las actividades asignadas a dicho subproyecto.
Los proyectos tendrán una duración máxima de tres años, a contar desde la fecha que se establezca en la resolución de concesión. En todo caso, el inicio de la ejecución de los proyectos no podrá ser anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

¿Dónde se presentan las solicitudes y en qué plazo?

El plazo de presentación de solicitudes, así como del resto de documentación que en cada caso sea exigible, será de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria.
La cumplimentación y presentación de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de la aplicación telemática habilitada para ello en el portal web www.inia.es, a través de la cumplimentación por los investigadores principales del formulario electrónico de solicitud correspondiente a cada proyecto o subproyecto. Los investigadores principales presentarán, junto con el formulario de solicitud, la documentación e imprimirán los documentos generados por la aplicación telemática, una vez ésta haya realizado las validaciones correspondientes. Los documentos generados contendrán las firmas originales del investigador principal y del resto del equipo de investigación y se pondrán a disposición del representante legal de la entidad a la que pertenezcan.
Los representantes legales de las entidades solicitantes, después de supervisar cada solicitud de proyecto o subproyecto en la aplicación telemática de solicitud, deberán completar su presentación mediante firma electrónica avanzada, responsabilizándose de la custodia y veracidad de las firmas del investigador principal y del resto de los miembros del equipo de investigación.
Igualmente, los representantes legales de las entidades solicitantes remitirán a través de la aplicación disponible en la sede electrónica del INIA http://www.inia.es, en un envío único para todas las solicitudes presentadas, la documentación.
Las entidades deben estar previamente registradas en el portal web del INIA, en el apartado «Registro de datos previos para la firma electrónica». Este trámite no será necesario si en una convocatoria anterior se hubieran inscrito en este registro. Asimismo, las entidades deben contar con alguno de los certificados digitales admitidos en la plataforma de validación de firma electrónica @firma.
No será admisible en ningún caso la firma y presentación de solicitudes en soporte papel.

Os adjunto el enlace de la convocatoria publicada en el BOE de 13 de noviembre de 2014:


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