miércoles, 19 de noviembre de 2014

BECAS FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN CASTILLA-LA MANCHA

En Castilla-La Mancha, el 17 de Noviembre de 2014, se publicó la Orden de 12/11/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de becas de formación a los alumnos que participen en los proyectos de Formación Profesional Dual en Castilla-La Mancha, autorizados o renovados en el curso 2014/15.

¿Cuál es el objeto de la convocatoria?

Aprobar las bases reguladoras y la convocatoria del programa de becas de formación dirigido a los alumnos que participen durante el curso 2014/15 en los proyectos de Formación Profesional Dual en Castilla-La Mancha presentados por los centros educativos sostenidos con fondos públicos, que hayan sido debidamente autorizados.
El disfrute de las becas, dado su carácter formativo, no implica relación contractual, laboral o administrativa alguna con la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, ni con las empresas, entidades y organismos públicos o privados que colaboren en el desarrollo de los proyectos de Formación Profesional Dual.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en esta Orden, el alumnado matriculado en centros educativos de Castilla-La Mancha sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, que cumpla el requisito de participar en los proyectos de Formación Profesional Dual autorizados durante el curso 2014/15, que no hayan resultado beneficiarios de estas becas en convocatorias anteriores

¿Cuál es el plazo y forma de presentación de la solicitud?

Las solicitudes se formalizarán, de forma telemática, a través de la secretaría virtual de la plataforma educativa Papás 2.0 (https://papas.educa.jccm.es/papas/).
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el DOCM hasta el 24 de noviembre de 2014 incluido.

¿Cuál es la cuantía de la subvención?

El importe a conceder será una cuantía fija de 400 € para los alumnos que participen en proyectos de modalidad B o C. Si por el número de beneficiarios se sobrepasase el crédito presupuestario del apartado 1, la cuantía fija citada se rebajará proporcionalmente hasta agotar el mencionado crédito.
Si por el número de beneficiarios que participen en proyectos de modalidad B y C, no se agotase el crédito presupuestario del apartado 1, el fondo sobrante se repartirá de forma proporcional entre los alumnos que participen en proyectos de modalidad A. Si una vez realizado dicho reparto, el importe individual resultante para el alumnado de modalidad A, igualase la cuantía fija establecida para los alumnos de modalidad B y C, y existiese fondo sobrante, dicho fondo se repartirá proporcionalmente entre los beneficiarios de modalidad B y C.

Pago y requisitos exigidos para el abono.

El abono de las becas se hará efectivo una vez resuelta la convocatoria, mediante transferencia bancaria al número de cuenta que el becario o su padre, madre, tutor/a o representante legal, deben haber hecho constar en la solicitud.
Dado que la subvención se concede por la mera matriculación en las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, para el curso 2014/15, en el marco de la Orden de 15/05/2014, no se exige al alumnado justificación documental alguna, bastando el cumplimiento de las obligaciones que la citada Orden establece para el alumnado.

Os adjunto el enlace de la convocatoria:


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comparte tus comentarios en ayudas, becas y subvenciones